15 marzo, 2026

Analizan crear Registro Estatal de Personas Agresoras de Animales

Las comisiones Primera de Justicia y Ecología y Medio Ambiente de la LXIV Legislatura, analizan una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado y a la Ley de Protección a los Animales, para establecer la reincidencia para los casos de maltrato animal y crear el Registro Estatal de Personas Agresoras de Animales, con el objeto de contar con un padrón oficial para identificar a las personas agresoras.

 

El impulsor de la iniciativa, diputado Luis Felipe Castro Barrón, vicepresidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, dijo que la propuesta señala que, en caso de reincidencia, se impondrá hasta el doble de las penas mencionadas en el artículo correspondiente; a la persona reincidente de las conductas a que se refiere el capítulo, se le impondrá hasta el doble de la sanción que en cada caso corresponda.

 

El Registro Estatal de Personas Agresoras de Animales, es el mecanismo en el que se registrará a toda persona que haya incurrido en maltrato animal cuya responsabilidad haya sido determinada por resolución firme de la autoridad competente. Estará a cargo de la a Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental.

 

Señaló el diputado Castro Barrón que el problema del maltrato animal es mucho más grande de lo que se puede ver a través de los casos documentados en las redes sociales. De acuerdo con la organización defensora de los animales AnimaNaturalis, México ocupa el primer lugar en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a nivel mundial.

 

Para hacer efectivas las sanciones en vía administrativa por maltrato animal, el artículo 124 de la Ley, otorga acción ciudadana y popular para denunciar ante los ayuntamientos, el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley, así como los actos realizados en perjuicio de los animales, entre los que se encuentran: ocasionar la muerte intencional por cualquier medio, que produzca agonía al animal, causándole sufrimiento; mutilar al animal, sin las medidas indoloras necesarias; por negligencia o crueldad.

 

Privar de aire, luz, alimento, bebida, espacio adecuado y suficiente al animal de que se trate; hostigar o maltratar a cualquier animal, y colocar sobre la piel productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier índole, excluyéndose el tatuaje de identificación o reconocimiento de raza.

 

En San Luis Potosí se han realizado esfuerzos importantes para contar con una legislación enfocada a prevenir, sancionar y erradicar el maltrato a los animales, sin embargo existen asignaturas pendientes de atender, pues debemos trabajar para prevenir la reincidencia del maltrato animal y sancionar con mayor rigor a los responsables que incurran en esta, manifestó el diputado Luis Felipe Castro.

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