28 marzo, 2024

Comisión de Justicia aprueba reforma al Código Procesal Administrativo para #SLP

Se autorizará a las partes en juicio el uso de avances tecnológicos como aparato o medio electrónico para la obtención de copias digitales de los documentos existentes en un expediente administrativo

San Luis Potosí, SLP. – El derecho humano a una justicia pronta y expedita, en muchos casos no puede materializarse, si el impartidor de esta no cuenta con las herramientas legales, necesarias para cumplir de manera puntual con ese mandato.

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado, durante sesión de trabajo aprobó el dictamen de la iniciativa que modifica el artículo 54 del Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí, el cual busca agilizar la obtención de copias certificadas de expedientes administrativos, eliminar la tramitología y apoyar a la ecología al evitar el uso excesivo de papel.

Por virtud de lo anterior, en la reforma al Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí, en el que si bien se autoriza a las partes de un juicio a solicitar y obtener a su costa, copia certificada de los documentos contenidos en el expediente administrativo de que se trate; es una realidad que en la actualidad y por el desarrollo de la tecnología, existen diversas formas de obtener una copia de alguna constancia del expediente, sin que se tenga que llevar el mismo a una copiadora.

Aun así, la ley en ninguna parte autoriza el uso de esos avances tecnológicos tales como el uso cualquier aparato o medio electrónico, como son, entre otros, cámaras fotográficas o de video, lectores ópticos o dispositivos móviles, a fin de imponerse de los autos y tomar fotografías de las actuaciones del expediente de que se trate, en el momento mismo de la consulta del expediente.

Es por ello que esta reforma busca que cualquiera de las partes en un juicio, pueda obtener una fotocopia, con el aparato electrónico que tenga a su alcance y sin que medie un auto de por medio; ello es procedente en virtud de ya en la actualidad en algunas materias, ciertos Tribunales, publican en internet el contenido de las actuaciones, claro está a lo que tiene acceso solo la parte legitimada y no cualquier persona, circunstancia que le permite obtener una impresión de ello.

Así, con la autorización del uso de esta tecnología, se obtendrá el ahorro en tramitologías innecesarias, lo que a la postre genera el descongestionamiento de las labores del personal que hoy por hoy debe atender las solicitudes de copias de actuados judiciales y demás constancias, y lo más importante, el impartir a la ciudadanía una justicia más pronta y expedita.

Finalmente se indicó que con esta reforma queda sentado que en todo momento la parte legítima, podrá tomar fotocopia o video, de cualquier constancia que obre en el expediente, utilizando el medio electrónico que tenga a su alcance y sin mayor trámite, que avisar al encargado que le haya facilitado el expediente, dejándose constancia de ello en el mismo.