San Luis Potosí, SLP.- En sesión ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprobó por mayoría, con 23 votos a favor y 1 en contra, reformar el artículo 71 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de garantizar por parte de las instituciones de salud públicas y privadas una atención médica segura, actualizada y profesional para la población, al incluir en el texto normativo mencionado que todos los médicos que ejerzan su profesión en la entidad deben contar con certificación vigente tanto de medicina general, como de la especialidad o subespecialidad que ejerzan, misma que deberán actualizar cada 5 años.
En consecuencia, los profesionales en medicina que ejerzan en forma pública o privada las actividades y especialidades, además de la cédula profesional y certificaciones expedidas por academias, colegios, asociaciones y consejos en general deben contar de forma específica con la certificación vigente por el Consejo Mexicano de Medicina General, y en caso de ejercer una especialidad, con la certificación vigente por el Consejo de Especialidades Médicas correspondiente, reconocido por el Comité Normativo Nacional de Medicina General.
Con esta reforma también se detallan los requisitos para ejercer, agregándose las certificaciones la obligatoriedad de renovar la certificación de especialidad médica cada 5 años.
Finalmente, se puntualiza que deben estar a la vista del público el título, diploma o certificado de la licenciatura y, en su caso, el documento de la certificación o recertificación de la especialidad o subespecialidad que se ejerza.
Se aprobó por unanimidad reformar el artículo 143 de la Ley de Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que para mejorar el servicio de seguridad pública, el Centro Estatal y las instancias de coordinación que prevé esta Ley, promoverán la participación de la comunidad, y tendrán como objetivo actuar sobre las causas que originan la violencia y la delincuencia, a través de las siguientes acciones que se señalan de modo enunciativo y no limitativo:
I a XVI …; XVII. …; y XVIII. En coordinación con los Ayuntamientos, realizar y fomentar acciones enfocadas al rescate de espacios públicos con fines de prevención del delito y de la violencia.
Por medio de este ajuste normativo se establece un punto de partida para la realización de acciones dirigidas y planeadas, enfocadas a la recuperación de espacios públicos en la entidad, sobre todo en los municipios de alta urbanización y zonas metropolitanas, y como un complemento a las estrategias de seguridad tradicionales. En la seguridad pública intervienen elementos multifactoriales, por eso, para obtener resultados estructuralmente efectivos, se requiere atender varios aspectos y encontrar formas de involucrar a la sociedad; según se señala en el dictamen aprobado.
Fue aprobado por unanimidad reformar la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí con el objetivo de adicionar las definiciones de: Cerveza artesanal, microcervecería, sala de degustación, cervecería artesanal y boutique de cerveza artesanal, e incorporarlos a los establecimientos reconocidos en la ley para efectos de otorgamiento de licencias y de horarios, en los artículos correspondientes.
Además, para establecer un horario de 10:00 a 2:00 horas del día siguiente para para la venta, suministro y, en su caso, permitir el consumo de bebidas alcohólicas en: Bares, cervecerías, (adicionando) salas de degustación y cervecerías artesanales; en lugar del horario de 9:00 a 1:00 horas del día siguiente que contempla la ley actualmente. En lo referente a Depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías, se adiciona boutiques de cerveza artesanal y se mantiene el horario actual: de 10:00 a 23:00 horas; informó el diputado Mario Lárraga Delgado, vicepresidente de la Comisión de Desarrollo Económico y Social.
Con la aprobación del presente dictamen, se reconoce la cerveza artesanal y las microcervecerías, para que los ayuntamientos puedan otorgar conforme a sus atribuciones, licencias con costo preferencial, como una medida encaminada a promover la competencia, a fortalecer el mercado interno, la recaudación, la generación de empleos y el convertir también este mercado como un atractivo turístico gastronómico, y es resultado directo del fomento a la micro, pequeña y mediana empresa.
Esta reforma es para otorgar certeza jurídica para los productores de cerveza artesanal, en todas las etapas de producción y venta; apoyar a un sector que tiene una gran prospectiva de crecimiento de acuerdo a las tendencias actuales, porque con ello se fomentará la generación de empleos, y se fortalecerá la imagen productiva, turística y gastronómica del Estado de San Luis Potosí. Además de manera implícita se introduce en la Norma el supuesto de producción de bebidas alcohólicas, aplicable a cerveza artesanal.
Con esta reforma se establecerá que es Cerveza Artesanal: Bebida fermentada elaborada principalmente con malta de cebada, lúpulo, levadura y agua potable, no utilizando productos transgénicos ni aditivos químicos que alteren su composición y desarrollo natural en su proceso de fermentación, cuyo contenido de alcohol a la temperatura de quince grados centígrados, sea mayor a dos por ciento por volumen, pero que no exceda de doce por ciento por volumen.
Microcervecerías: Establecimientos para la producción, envasado, degustación, venta, distribución, almacenaje, difusión y comercialización por diversos medios, de cerveza artesanal de fabricación propia, así como productos relacionados; cumpliendo las características de ser de pequeña escala, independiente y de producción tradicional. Puede contar con sala de degustación, y con productos de la misma gama de diverso fabricante estatal o nacional.
La sala de degustación es el área de la microcervecería, delimitada para la recepción de público en general, venta y consumo exclusivo de cerveza artesanal cerrada y abierta, con o sin servicios de alimentos, sean provistos por el establecimiento o por terceros, y que puede contar con música grabada o en vivo.
Cervecería artesanal: Establecimiento mercantil dedicado a la venta exclusiva de cerveza artesanal local y nacional, en envase abierto para su consumo inmediato, con o sin servicios de alimentos, y que puede contar con música grabada o en vivo, y
Boutique de cerveza artesanal: Establecimiento mercantil especializado en la venta de cerveza artesanal local y nacional, en envase cerrado y al menudeo.
Artículo 10.- Para los efectos de la presente Ley, los establecimientos a que se refiere el artículo 2º de esta Ley, se clasifican en:
I a IV. …
Aquéllos en donde puede autorizarse la producción, el almacenaje, la venta, distribución, suministro de bebidas alcohólicas en su modalidad de cerveza artesanal, sea en envase cerrado para llevar o para su consumo inmediato dentro de los mismos.
Se aprobó por unanimidad reformar la Ley de Turismo de San Luis Potosí a fin de clarificar y actualizar lo relativo a la marca turística, para armonizar este elemento a los tiempos actuales de expansión y competencia en el rubro, y que pueda servir como un apoyo para el crecimiento.
Por tanto, se redefine la marca turística para puntualizar sus elementos, establecer con claridad sus reglas de uso, la atribución de la Secretaría de Turismo para definir la marca y autorizar sus usos, y fijar su diferenciación respecto a elementos utilizados por las estrategias de comunicación social del gobierno de la entidad y de los ayuntamientos.
Con esta modificación la marca turística se define como: “Aumentar la proyección y competitividad turística del Estado y de las regiones a nivel nacional e internacional, por medio de su presencia estable y a largo plazo, y con independencia de los periodos administrativos.”
Al fortalecer este elemento se pueden producir varios efectos benéficos en términos de promoción turística, basados en la distinción y claridad con la que la entidad se presentaría ante el mercado nacional e internacional.
Fue aprobado por unanimidad autorizar al ayuntamiento de Venado donar a favor de la empresa “Toyoda Gosei Automotive Sealing México, S.A. de C.V.” un terreno propiedad de dicho municipio que parte de otro de mayor extensión, ubicado en el camino “Bugambilias” Km 1.8, para la construcción, instalación y operación de dicha empresa, con una superficie de 71,400.805 metros cuadrados, inscrito en el Instituto Registral y Catastral de Venado, bajo el número 5 a fojas 010, 011 y 012 del tomo 35-BIS de escrituras públicas, de fecha 5 de octubre de 1999.
La empresa “Toyoda Gosei Automotive Sealing México, S.A. de C.V.” requiere el predio para la construcción, instalación y operación de la misma, en la cual se estarán generando de 400 a 800 nuevos empleos entre el año 2019 y 2022, considerando una inversión paulatina entre los años 2018 a 2025 de cerca de los treinta y seis millones de dólares; según se señala en el dictamen aprobado.
Se aprobó por unanimidad reformar el artículo 132 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que: El ayuntamiento, a más tardar en el primer semestre del inicio de su gestión, integrará un Consejo Consultivo Municipal de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, como órgano de consulta, asesoría, promoción y proposición de acciones, dirigidas al cuidado y protección del medio ambiente, y a la procuración del desarrollo sustentable, en términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Lo anterior porque actualmente la ley mencionada no dispone en qué tiempo se debe realizar la integración de dicho órgano de consulta, por ello era necesario precisarlo, planteando que sea al inicio de la gestión de cada ayuntamiento
Esta adecuación tiene el fin de que los ayuntamientos y la población trabajen en conjunto, para abatir la contaminación y el daño ecológico que representan los tiraderos de basura a cielo abierto, y las descargas de desechos que se hacen en los ríos y cuerpos de agua.
Fue aprobado por unanimidad adicionar párrafo cuarto al artículo 69 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, a fin de incorporar la disposición para que las partes en el procedimiento tengan la facultad de reproducir las actuaciones que obren en éste, ello derivado de los avances de la tecnología que permiten de una manera ágil obtener, ya sea con el uso de cámaras fotográficas, grabadoras, lectores ópticos, o algún otro medio electrónico de reproducción portátil, copiar constancias o el contenido de resoluciones que integren el expediente.
Lo anterior cobra vigencia con el criterio que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido, con la voz: Reproducción electrónica de actuaciones judiciales las partes pueden recibir autorización aunque no exista regulación expresa en la ley de amparo ni en su ley supletoria.
Con esta reforma se establecerá en el Código mencionado que: De igual modo y, previa autorización, se podrá hacer uso de las innovaciones tecnológicas que permitan de una manera más ágil a las partes, el acceso a las constancias que obran en el expediente o toca, mediante el uso de cámaras fotográficas, grabadoras, lectores ópticos u otro medio electrónico de reproducción portátil, para copiar o reproducir el contenido de las actuaciones o resoluciones que obran en ellos. Debiendo observarse, desde luego, lo previsto en la parte final del párrafo anterior.
Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentó la diputada María del Rosario Sánchez Olivares para que el Poder Legislativo exhorte respetuosamente al titular de la Secretaría de Cultura de Gobierno del Estado para que a, través de la Coordinación Técnica Estatal de Protección del Patrimonio Cultural, se lleven a cabo los estudios pertinentes a efecto de proponer al Ejecutivo Estatal la declaratoria como patrimonio cultural intangible al “proceso de elaboración del piloncillo en la Huasteca Potosina”.
Dicha distinción vendrá a dar una nueva vida a este proceso aunado a que se garantiza evitar la desaparición del mismo, máxima difusión y por ende mayor comercialización del mismo como un producto artesanal milenario; señala el punto de acuerdo aprobado.
Se aprobaron los dictámenes que desecharon por improcedentes iniciativas que planteaban reformar los artículos 10 y 17 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí; Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí; así como la solicitud del presidente municipal de Santa María del Río para que se le autorice desincorporar para dación en pago predio del ayuntamiento a favor de la C. Edith Miriam Ventura Llamas y saldar laudo laboral, expediente 701/2009 del TECA.
Se retiró del orden del día el dictamen que buscaba reformar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, a fin de puntualizar que las personas bajo una candidatura independiente registrada, tienen el carácter de sujetos obligados.
En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; entes autónomos y paraestatales; ayuntamientos y organismos paramunicipales e intermunicipal; Poder Federal; Particulares e Iniciativas.
COMITÉ DE REFORMA PARA LA COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO
En asuntos generales fue aprobada la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar el Comité de Reforma para la Competitividad y Desarrollo Sustentable del Estado con los siguientes diputados y diputadas:
Rubén Guajardo Barrera, presidente; Alejandra Valdés Martínez, vicepresidenta; Martín Juárez Córdova, secretario; Martha Barajas García, Cándido Ochoa Rojas, Ricardo Villarreal Loo y María del Consuelo Carmona Salas, como vocales.
Después de su elección los legisladores mencionados rindieron protesta de ley para desempeñar su cargo en dicha comisión.
También se aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política para reestructurar las comisiones de Vigilancia; y Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Con ello, la diputada María del Rosario Sánchez Olivares se integró como tercer vocal a la Comisión de Vigilancia en sustitución de la legisladora María Isabel González Tovar.
Y la diputada María Isabel González Tovar se integró como presidenta a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública en sustitución de la legisladora María del Rosario Sánchez Olivares. Después de su elección las legisladoras mencionadas rindieron protesta de ley para desempeñar su cargo en dichas comisiones.
Durante su intervención en la Tribuna Legislativa, por separado, las diputadas Alejandra Valdés Martínez, Marite Hernández Correa y María del Consuelo Carmona Salas coincidieron en manifestar su indignación por los feminicidios que se siguen presentando en San Luis Potosí, incluso Hernández Correa pidió la renuncia del Fiscal General del Estado y del Secretario de Seguridad Pública del Estado, Federico Arturo Garza Herrera y Jaime Ernesto Pineda Arteaga, respectivamente, porque no cumplen con su responsabilidad de garantizar seguridad a las mujeres y a la población en general.
Carmona Salas hizo un llamado a la Secretaría General de Gobierno para que reconozcan que la Alerta de Género no es suficiente para acabar con estos índices de violencia en contra de las mujeres. El diputado Eugenio Guadalupe Govea Arcos se solidarizó con la postura de las legisladoras.
Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y Angélica Mendoza Camacho hablaron de la reforma constitucional respecto a la revocación de mandato. Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y Martín Juárez Córdova hablaron de la conmemoración del Día Mundial del Síndrome de Down. Y Laura Patricia Silva Celis demandó al gobierno federal que no retire apoyos a los diferentes sectores de la población.
Después, fue aprobado por mayoría, con 17 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones, un punto de acuerdo que presentó la legisladora María del Rosario Sánchez Olivares, a nombre de otros diputados, para que la LXII Legislatura de San Luis Potosí exhorte al Congreso de la Unión a que haga modificaciones a la reforma constitucional referente a la revocación de mandato.
Agotados los asuntos agendados se citó al pleno de la LXII Legislatura a sesionar a partir de las 10 horas de jueves 28 de marzo del año 2019 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.